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Home Regulación

Gobierno de España pasa a consulta pública la carta de derechos digitales

Los aportes se recibirán hasta el 4 de diciembre. El borrador es una guía para futuros proyectos de ley.

por Rafael Gómez Torres
19 noviembre, 2020
en Regulación
Tiempo de lectura: 4 minutos
España-competencia

Joven alzando la bandera de España en un fondo de cielo. Composición por CriptoNoticias. StockSnap/pixabay.com MW/pixabay.com

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  • El documento abarca, entre otros, derechos de libertad, igualdad y participación.
  • La legislación intenta crear una "carta magna" con normas para el mundo digital.

Una primera versión de la denominada “Carta de Derechos Digitales” fue presentada este martes por el Gobierno de España. El documento de 12 páginas y 25 lineamientos entró en fase de consulta pública para recibir comentarios de la ciudadanía y aplicar posibles mejoras. 

El borrador está conformado por cinco tipos de derechos: de libertad; de igualdad; de participación y de conformación del espacio público; de entorno laboral y empresarial; y los derechos en entornos específicos. Los ciudadanos interesados en realizar sugerencias tienen hasta el 4 de diciembre. 

“El texto recoge un conjunto de principios y derechos para guiar futuros proyectos normativos y el desarrollo de las políticas públicas. (La intención) es que se garantice la protección de los derechos individuales y colectivos en los nuevos escenarios digitales”, informó la presidencia del gobierno.  

Algunas de las disposiciones sobre la protección de datos, por ejemplo, señala que toda persona tiene derecho a la protección de datos personales que le conciernan. Además, la información de los usuarios deberá ser tratada de modo leal, para fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona afectada. En estos casos toda persona tendrá derecho a acceder a los datos recogidos y a obtener su rectificación, en los que casos que así fuere.  

La propuesta también deja claro que las personas tienen derecho al pseudonimato, a no ser localizados y a que no sean elaborados perfiles de conducta. Estos dos últimos derechos han sido muy discutidos en las sociedades globales debido a la expansión de la pandemia por COVID-19 y al tratamiento que le han dado las empresas de tecnologías a la información de sus usuarios.  

También se estipula una sección orientada a la protección de la identidad digital de cada individuo y que esta no podrá ser “alterada, controlada o manipulada por terceros contra la voluntad de la persona”.  

En relación con la seguridad digital se establece que los poderes públicos adoptarán y promoverán las medidas necesarias para garantizarla, siempre en colaboración con las empresas tecnológicas y con los propios usuarios. 

Neutralidad de Internet y libertad de expresión 

En la sección sobre los derechos de participación, la carta habla de la neutralidad de Internet, la libertad de expresión y la libertad de participación. En relación con la primera, el borrador indica que los poderes públicos deben garantizar este derecho. De hecho, se hace un llamado a los proveedores de servicios de Internet para que proporcionen una “oferta transparente de servicios sin discriminación por motivos técnicos o económicos”.  

La libre expresión es uno de los puntos más extensos del documento. Uno de los ítems a destacar es que los usuarios tienen derecho a saber cuándo una información es elaborada mediante procesos automatizados, es decir, sin la participación humana.  

Los medios de comunicación son responsables además de hacer saber cuándo una información ha sido patrocinada a modo de publicidad, de ofrecer rectificación a los usuarios, y de notificar cuando una noticia ha sido actualizada.  

“Se garantizarán los principios constitucionales relativos a la veracidad, el pluralismo informativo y la diversidad de opiniones e informaciones (…) los responsables de medios de comunicación adoptarán protocolos adecuados para garantizar los derechos de todas las personas”, se explicó en la carta. 

El objetivo de la carta es integrar en un solo documento los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en los tratados y acuerdos internacionales, pero ajustados al espacio digital.  

En el mundo virtual uno de los aspectos más sensibles es el relacionado con la manipulación de datos de los usuarios. La situación abarca a casi todo tipo de empresas que ofrecen servicios en Internet, entre las que se incluyen las que operan con bitcoin y criptomonedas.  

En una entrevista con CriptoNoticias, Johanna Faliero, especialista en derecho informático y consultora de seguridad informática, señaló que, en el caso de bitcoin, la regulación de las criptomonedas debe pasar por el uso correcto de los datos del usuario. 

Etiquetas: DestacadosEspañaEuropaInternet (Web)
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Publicado: 19 noviembre, 2020 05:55 am GMT-0400 Actualizado: 19 noviembre, 2020 05:55 am GMT-0400
Autor: Rafael Gómez Torres
Periodista venezolano con 18 años de experiencia. Escribo sobre Bitcoin desde el 2018. Antes cubrí las fuentes de economía, política, deportes y ciudad en The Associated Press, Diario Panorama y El Regional. Participé en el programa de intercambio profesional IVLP. Contacto: rafaelg@criptonoticias.com

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