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Home Regulación

Uruguay se coloca a la cabeza de los países de América Latina que tienen su Ley Bitcoin

Con la aprobación del proyecto del ley creado por el gobierno, Uruguay ya tiene un marco legal para las criptomonedas.

por Glenda González
30 septiembre, 2024
en Regulación
Tiempo de lectura: 4 minutos
Parlamento de Uruguay regulando Bitcoin.

El proyecto busca que todas las entidades que operen con criptomonedas en Uruguay sean objeto de control. Composición por CriptoNoticias. Fuente: Hazal / stock.adobe.com ; Maxim / stock.adock.com.

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  • El Banco Central de Uruguay se encargará de fiscalizar a empresas que operan con criptomonedas.
  • El país suramericano actualiza algunas de las leyes ya vigentes para regular al sector.

Con la firma del presidente Luis Lacalle Pou, el proyecto de Ley 20.345 para regular a bitcoin (BTC) y demás criptomonedas fue promulgado en Uruguay, colocando al país suramericano en la lista de las pocas naciones de la región que tiene un marco legal específico para este ecosistema. 

De esta forma, la nueva ley del Uruguay se suma a las normativas específicas para la industria de las criptomonedas. Hasta ahora, estás han sido aprobadas en países como Brasil, Venezuela, Argentina, y El Salvador, siendo este último el más avanzado en materia regulatoria de la región por tener el marco legal más completo y ser el único que dio a bitcoin rango de moneda de curso legal.  

La Ley 20.345 aprobada Uruguay es un proyecto que –a diferencia de la mayoría de los proyectos presentados o aprobados en otros países– tiene la particularidad de haber sido creada por el Ejecutivo Nacional.  

La propuesta fue presentada hace más de dos años por el Banco Central del Uruguay (BCU) y luego fue enviada al Poder Ejecutivo, que se encargó de redirigirlo hacia el poder Legislativo, donde pasó por una serie de fases para su aprobación y promulgación este mes de septiembre. 

La legislación tiene su origen en el Marco conceptual para el tratamiento regulatorio de los Activos Virtuales en Uruguay, que fue elaborado en diciembre de 2021 por el BCU.  Surgió de las investigaciones realizadas por la entidad monetaria uruguaya, a partir de las cuales presentó definiciones y nociones básicas para la regulación con el fin de identificar cada elemento o actor dentro del ecosistema. 

Con base en esta serie de definiciones, el BCU delimitó las actividades del ecosistema de las criptomonedas que considera plausibles de ser reguladas bajo su órbita. Lo que aplica, por ejemplo, a los proveedores de servicios de activos virtuales relacionados con la “inversión y la captación de capital”. 

Es así como las disposiciones de la nueva ley uruguaya fijan criterios y estándares legales que dan a las criptomonedas reconocimiento legal en el país como activos virtuales, pero no como monedas fíat.  

En ese sentido, se le asigna al Banco Central del Uruguay la función de supervisar, regular y registrar a las empresas que operan en este sector, a medida que se inserta este mercado al sistema financiero general. Con este fin, se encargará próximamente de elaborar y presentar un reglamento.  

En líneas generales, la legislación no se centra en el uso de criptomonedas como método de pago o intercambio, sino más bien como activo de inversión. Para ello, establece la creación de normativas junto a la aplicación de algunos cambios a normativas vigentes: 

  • Ley de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales: la normativa crea la figura de proveedores de servicios vinculados con los activos virtuales (PSAV) para identificar a exchanges, monederos, e incluso mineros, que serán supervisados y fiscalizados por el BCU junto a la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF). Los PSAV deberán pedir autorización al BCU para operar, y para otorgar el permiso se tendrán en cuenta “razones de legalidad, de oportunidad y de conveniencia”. También surge la figura de Emisores de Activos Virtuales (EAV).
  • Ley de Control de lavado de activos y financiamiento del terrorismo: se establece que los PSAV también deberán ser fiscalizados y supervisados en términos de controles de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. 
  • Ley del Mercado de Valores: modifica el artículo 14 al incluir a los activos virtuales dentro de la definición de valores escriturales. Por ello, se introduce el concepto de valores escriturales de registro descentralizados, entendidos como aquellos que son “emitidos, almacenados, transferidos y negociados electrónicamente a través de tecnologías de registro distribuido”. 

Tal como ha informado CriptoNoticias, la aprobación de este proyecto de ley se conoce en un contexto en el que aún se espera que otras naciones de América Latina avancen en sus propias propuestas de regulación del mercado de bitcoin. Tal como señalan la mayoría de los expertos, hasta ahora los procesos regulatorios han estado muy fragmentados.

Se espera que, al igual que en Uruguay, las leyes vayan tomando forma progresivamente, especialmente considerando el notable crecimiento que está experimentando el sector en toda la región, el cual se manifiesta de manera cada vez más evidente con el auge de la adopción.

Etiquetas: Bitcoin (BTC)CriptomonedasMarco legalUruguay
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Publicado: 30 septiembre, 2024 01:00 pm GMT-0400 Actualizado: 01 octubre, 2024 08:30 am GMT-0400
Autor: Glenda González
Comunicadora social, con Maestría en Gerencia Empresarial, egresada de la Universidad Central de Venezuela. He sido docente en educación superior y facilitadora de cursos sobre periodismo digital. También terapeuta. Amante de la investigación y encantada con esta era de la tecnología, sobre todo desde que comencé a escribir sobre Bitcoin en 2018.

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